⚠️ ¿Usas Uber, Rappi, Airbnb o Mercado Libre? Esto debes saber sobre el SAT
Por: Ramón Heredia | Contador Público Freelance
En la era digital, vender productos, ofrecer servicios o realizar entregas mediante apps como Uber, Didi, Rappi, Airbnb, Amazon o Mercado Libre ya no es una actividad informal: el SAT ya te está observando y tiene un régimen específico para ti.
Ese régimen es el 625: Actividades Empresariales con Ingresos a través de Plataformas Tecnológicas.
✅ ¿A quién aplica el Régimen 625?
-
Conductores de Uber, Didi, Cabify.
-
Repartidores de Rappi, Uber Eats, Didi Food.
-
Anfitriones en Airbnb.
-
Vendedores en Amazon, Mercado Libre, Etsy, Shopee.
-
Profesionales en Workana, Upwork, Fiverr, etc.
Si cobras mediante una app, ya formas parte de la economía digital y debes tributar formalmente.
📊 ¿Qué impuestos te retienen?
Las plataformas retienen de forma automática:
-
ISR (1% a 10%) según actividad.
-
IVA (8%).
💡 Si tus ingresos no rebasan los $300,000 al año, puedes considerar estas retenciones como pago definitivo y olvidarte de declaraciones mensuales.
🧾 ¿Cuáles son tus obligaciones?
-
Estar inscrito en el SAT con el régimen 625.
-
Expedir CFDI cuando lo requiera el cliente.
-
Activar tu Buzón Tributario.
-
Declarar mensualmente si superas el umbral de $300,000.
❌ ¿Y si no te registras?
Podrías enfrentar:
-
Bloqueo por parte de la plataforma.
-
Multas, recargos y auditorías del SAT.
-
Problemas legales y pérdida de credibilidad como profesional.
🧠 Conclusión
Tributar bajo el régimen 625 no es opcional si usas plataformas digitales. La buena noticia es que puedes hacerlo de forma sencilla y sin complicaciones… si cuentas con la asesoría adecuada.
💼 ¿Necesitas ayuda?
Soy Ramón Heredia, Contador Público freelance del despacho Hebar Asesores, y puedo ayudarte a:
✔ Regularizarte ante el SAT
✔ Emitir tus CFDI correctamente
✔ Calcular y declarar tus impuestos sin errores
✔ Elegir el régimen fiscal que más te conviene
✔ Evitar multas, recargos y bloqueos
📲 Escanea el código y escríbeme por WhatsApp:
Comentarios
Publicar un comentario